ASIS - TECi
- ESTADO DE LA VENTANILLA
- ABIERTA
- CERRADA
APERTURA | FECHA LIMITE ONLINE | OBSERVACIONES |
08/11/2021 |
30/11/2023 |
La ventanilla fue aprobada mediante
Resolución de Directorio de Agencia N° 117/2022 con fecha 19/08/2021
La ventanilla fue prorrogada mediante
Resolución de Directorio de Agencia N° 117/2022 con fecha 06/05/2022
RESULTADOS DE LA VENTANILLA
Búsqueda por Resolución, Instancia de Evaluación ó por las palabras claves que esten incluídas dentro del PDF.
Proceso de Evaluación
- Resolución N° 228/2021
- Resolución N° 226/2021
- Resolución N° 218/2021
- Resolución N° 044/2022
- Resolución N° 045/2022
- Resolución N° 431/2022
- Resolución N° 432/2022
- Resolución N° 397/2023
Proceso de Reconsideración
- Resolución N° 046/2022
Proceso de Reconsideración
- Resolución N° 218/2022
En el marco de las funciones de la AGENCIA I+D+i establecidas por el Decreto 157/20, este organismo tiene la facultad de proceder al cierre de la Ventanilla Permanente cuando lo considere correspondiente.
OBJETIVO
Ayudar a las empresas y cooperativas a identificar y solucionar retos tecnológicos que afecten a su competitividad mediante el apoyo de Asesores Tecnológicos expertos en su sector de actividad, en el marco del Programa de Innovación Tecnológica cofinanciado por el BID. Paralelamente se busca apoyar proyectos donde un Centro Tecnológico de la Red CEN-TEC brinde la Asistencia Tecnológica y además sea el proveedor de la prestación de un Servicio Tecnológico
De esta forma se busca estimular el desarrollo tecnológico de las empresas, cooperativas y/o miembros de la Red de Centros de Desarrollo y Servicios Tecnológicos (Red CEN-TEC) y dinamizar de forma permanente el proceso de mejoramiento de las capacidades de innovación en las firmas.
El presente llamado será para presentaciones de proyectos integrados por una única empresa o cooperativa o centro miembro de la Red CEN-TEC, por lo que se denomina Asistencia Tecnológica Modalidad Individual.
BENEFICIARIO
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones no reembolsables empresas Pyme o Cooperativas o centros miembros de la Red CEN-TEC
Serán elegibles las Cooperativas que cumplan con la condición Pyme de acuerdo a la reglamentación dispuesta por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, constituidas de acuerdo a las leyes nacionales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional.
En el caso de no contar con el documento definido en el párrafo anterior, se procederá a efectuar evaluación de la condición pyme.
PROYECTOS ELEGIBLES
Serán elegibles los proyectos que se orienten a abordar una problemática tecnológica y que entre sus objetivos se propenda a asistir en gestión y organización de la innovación tecnológica en los siguientes temas:
- Planificación del cambio de tecnología.
- Diseño e implementación de estrategias tecnológicas como respuesta a la evolución del entorno competitivo.
- Gestión de la tecnología: Plan tecnológico, evaluación de la competitividad y del potencial tecnológico propio, protección de las innovaciones, etc.
- Optimización del proceso de desarrollo de nuevos productos.
- Mejora de procesos tecnológicos: reingeniería de procesos, benchmarking.
- Gestión de la Cooperación estratégica tecnológica.
- Resolución de problemas de diseño industrial.
- Planificación de la transformación digital e industria 4.0 aplicados en distintos sectores de actividad económica.
- Planificación de la gestión ambiental y tratamiento de residuos y efluentes.
- Plan de gestión de eficiencia energética.
- Para Centros de la Red CEN-TEC, proyectos que se orienten a la confección de un plan estratégico para consolidar el modelo de negocios y la sustentabilidad de los mismos (hoja de ruta económico-financiera, organizativa y estratégica).
FINANCIACIÓN
El financiamiento del componente Asis-Tec I consistirá en una subvención no reintegrable con el máximo de hasta $1.500.000.
Además se deberán respetar los siguientes límites internos:
● Componente Asistencias Tecnológicas: hasta $1.200.000 por empresa o cooperativa o miembro de la Red CEN-TEC.
● Componente Servicio Tecnológico: hasta $500.000 (voucher).
El FONTAR aportará como máximo el 60% del costo total del proyecto. La empresa, cooperativa y/o centro miembro de la Red CEN-TEC deberá aportar no menos del 40% del Costo Total del Proyecto.
Existirá además la posibilidad de solicitar “Vouchers” para el pago de Servicios Tecnológicos. Se entenderá por Voucher al medio de pago a utilizar, que operará bajo la modalidad de “Pago Directo a Proveedor” por parte de la Agencia; mediante el cual se reconocerán gastos a ser financiados por el FONTAR.
El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de reembolso de pago hecho, previa verificación y aprobación técnica de la etapa y/o actividad prevista en el plan de trabajo definitivo y aprobación de la rendición de gastos que debe acompañar el informe técnico.
Los gastos e inversiones afectados al proyecto, se reconocerán a partir de la fecha de presentación del proyecto.
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y PLAZO DE EJECUCIÓN
Se deberá presentar los proyectos de acuerdo al “Instructivo de Presentación y SGP”, que se encuentra en la columna “Enlaces de la Publicación” de la presente ventanilla. En el mismo se describe qué formularios completar y de qué forma hacerlo, así como también toda la información y documentación anexa requerida que se deberá presentar.
Una vez generada la presentación en la plataforma mencionada, el representante legal deberá confirmar la misma mediante el envío de la referida presentación generada, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) con clave de acceso de AFIP nivel 3, de acuerdo al procedimiento establecido.
Para mayor información, consultar en las condiciones/bases publicadas en enlaces de la publicación y el instructivo de SGP para la presentación.
En el Pto. 7.3 "Formularios y Documentación" -de las nuevas condiciones- se especifica en detalle qué se deberá adjuntar.
Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de 12 meses.
ACLARACIONES SOBRE ACTUALIZACIÓN
Las bases fueron actualizadas el 06/05/2022.
La Resolución 123/2021 es reemplazada por la Resolución 117/2022.