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Te presentamos el nuevo sitio de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica

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Durante la transición se podrá tener acceso al sitio anterior aunque ya sin actualizaciones.

FONTAR
09/08/2022

ANR INT 30000 2022

  • ESTADO DE LA VENTANILLA
  • ABIERTA
  • CERRADA
La Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR), llama a la presentación de Proyectos de Innovación Tecnológica para la adjudicación de Aportes No Reembolsables (ANR INT 30000) destinados al financiamiento de proyectos de desarrollo tecnológico presentados por empresas, cuyas ideas proyecto (IP) hayan sido aprobadas conjuntamente por el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación de Argentina (MINCYT) y su contraparte en la cooperación bilateral o multilateral correspondiente en el marco del Programa de Innovación Federal 1330.
APERTURA FECHA LIMITE ONLINE OBSERVACIONES
09/08/2022 30/11/2023

La ventanilla fue aprobada mediante

Resolución de Directorio de Agencia N° 258/2022 con fecha 22/07/2022

RESULTADOS DE LA VENTANILLA

Proceso de Evaluación

En el marco de las funciones de la AGENCIA I+D+i establecidas por el Decreto 157/20, este organismo tiene la facultad de proceder al cierre de la Ventanilla Permanente cuando lo considere correspondiente.

La ventanilla fue aprobada mediante Resolución de Directorio de Agencia N°191/2022 con fecha 16/06/2022 y actualizada por Resolución de Directorio de Agencia Nº258/2022 con fecha 22/07/2022.

 

OBJETIVO

Mejorar  los  argumentos  de  competencia  y  la capacidad innovadora de las empresas productoras de bienes y servicios. Para ello se financian “proyectos de investigación y desarrollo tecnológico” realizados en un ámbito de cooperación multinacional.

Dichos  proyectos  deben  generar  innovaciones  a  nivel  nacional  de  productos  y/o procesos.  Las propuestas  deben  contar  con  la fase  de  idea proyecto  (IP) aprobada tanto por el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación de Argentina como de su contraparte correspondiente en el exterior.

Para  el  logro  de  estos  objetivos  será  valorada  la  articulación  de  los  impulsos emprendedores de las empresas con la capacidad de transferencia y de prestación de servicios de las instituciones científico-tecnológicas de todo el país.

 

BENEFICIARIO

Las   empresas,   sujetos   del   beneficio,   deben   estar   constituidas   como   tales   al momento  de  la  presentación  de  la  solicitud  y  radicadas  en  el  territorio  nacional. Dichas  empresas  deberán  funcionar  en  un  todo  de  acuerdo  a  las  leyes  nacionales que  rigen  la  tipificación  de  las  mismas  y  de  las  resoluciones  de  los  organismos  de contralor pertinentes. Además deberán contar con la condición PYME.

En  el  caso  que  los  solicitantes  fueran  más  de  una  empresa,  las  mismas  deberán acreditar  documentalmente  y  con  las  formalidades  legales  vigentes,  el  tipo  de asociación   entre   ellas   (UTE,   Agrupación   de   Colaboración,   Consorcios   de Cooperación, etc.).

 

No podrán ser beneficiarios:

 

    • Monotributistas.
    • Instituciones sin fines de lucro.
    • Dependencias gubernamentales.
    • Solicitantes que desarrollen actividad: Financiera, Seguros
    • Juegos de azar, empresas que únicamente realicen inversión en sociedades, inmobiliarias, servicios de organización y organismos extraterritoriales, empresas que facturen en nombre y representación de terceros (Comisiones)

 

PROYECTOS ELEGIBLES

Para ser elegibles los proyectos deberán:

A. Proponer  un  conjunto  de  actividades  que  a  juicio  de  la  AGENCIA  I+D+i  y expresado  en  la  redacción  de  estas  condiciones,  contribuyan  al  logro  de  los objetivos del presente llamado;

B. Ajustarse  a  un  plan  de  inversiones,  definido  en  el  presupuesto,  en  el  que  se detallen  los  activos  y  demás  elementos  a  incorporarse,  las  actividades  a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del  solicitante),  las  fechas  de  ejecución  de  las  labores  comprendidas  en  el proyecto respectivo, asícomo las proyecciones de los montos y oportunidad de los  desembolsos  requeridos  para  implementar  el  proyecto,  indicando  en  cada caso, las fuentes de los fondos.

C. Los proyectos serán elegibles en la medida que exista una presentación paralela en  dos  o  más  países  para  lo  cual  se  solicitará  la  constancia  de  aprobación  de cooperación   bilateral   o   multilateral   emitida   por   la   Dirección   Nacional   de Promoción  de  la  Política  Científica,  del  Ministerio  de  Ciencia,  Tecnología  e Innovación  y  existan  actividades  cooperativas  o  complementarias  para  el  logro de los objetivos propuestos.

D. La llamada priorizará a proyectos en los siguientes ejes estratégicos::

    • Producción más limpia
    • Transición Energética
    • Alimentos de mayor calidad y valor agregado
    • Nuevos recursos para la Industria 4.0

 

FINANCIACIÓN

El monto del beneficio será de hasta $30.000.000 por proyecto. La  Agencia  podrá financiar hasta el 80%  del  costo  total del  proyecto.  El  beneficiario  deberá  aportar  no  menos  de  20% del  costo total del proyecto.

 

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y PLAZO DE EJECUCIÓN

  • ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

Junto a la presentación de la propuesta se deberá acreditar comprobante de transferencia de PESOS DIEZ MIL ($10.000).  

La cuenta vigente para realizar el pago del pliego es la siguiente:
Cuenta corriente en pesos N° 00058503/67, Denominada "173 - PIF BID 5293" del Banco de la Nación Argentina, Sucursal N° 599, Plaza de Mayo. Dicho depósito podrá hacerse personalmente en dicha sucursal bancaria o mediante transferencia electrónica. A tal efecto se hace saber que la CBU de dicha cuenta es el Nº 0110599520000058503678 y la CUIT 30-70765520-4.

 
Dicho monto será utilizado para cubrir los costos de evaluaciones y en ningún caso será devuelto. Los proyectos que resulten financiados podrán incluirlo como gasto de contraparte.
 
  • PRESENTACIÓN

Las condiciones del presente llamado y la documentación respectiva se encuentran en la página web de la Agencia (www.agencia.gob.ar).

La presentación deberá instrumentarse mediante el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP).

Una vez generada la presentación en la plataforma mencionada, el representante legal deberá confirmar la misma mediante el envío de la referida presentación generada, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) con clave de acceso de AFIP nivel 3, de acuerdo al procedimiento establecido.

 

  • PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo máximo de ejecución será de 18 meses con la posibilidad excepcional de prorrogar el plazo hasta SEIS (6) meses vencido el plazo inicial.

 

TRÁMITE EN TAD (Trámites a Distancia) 

  • Aclaración 1: El trámite es el mismo para todas las convocatorias de FONTAR. Se puede acceder haciendo clic acá Trámite Fontar - Agencia I+D+i
  • Aclaración 2: Haciendo clic en el link, se abre una página para INICIAR EL TRÁMITE, al final de los siete (7) puntos de las instrucciones están los botones. Son dos opciones, el trámite se inicia haciendo clic en AFIP o en MI ARGENTINA. Hay que hacer clic en algunos de esos dos botones para comenzar. 

Si fuera necesario copiar y pegar el link al trámite es este: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5457 

IMPORTANTE: El trámite en la plataforma TAD (Trámites a Distancia) se llama "Agencia Fontar", ahí tiene que completar los datos. Para ingresar al TAD que corresponde a esta convocatoria tiene que completar los datos en este. 

Enlace a la Plataforma TAD para INICIAR TRÁMITE 

 

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