ANR CT-G
- ESTADO DE LA VENTANILLA
- ABIERTA
- CERRADA
APERTURA | FECHA LIMITE ONLINE | OBSERVACIONES |
28/03/2011 |
Sin fecha límite |
- |
RESULTADOS DE LA VENTANILLA
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Proceso de reconsideración
- Resolución N° 291/16
OBJETIVOS
Ayudar a PyMEs, colectivamente, a identificar y solucionar retos tecnológicos que afecten a su competitividad mediante el apoyo de Consejeros Tecnológicos Expertos en su sector de actividad, en el marco del Programa de Innovación Tecnológica II (PIT II).
BENEFICIARIOS
Empresas que satisfagan la condición PyME, constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes. No podrán ser beneficiarios Sociedades de Hecho; Monotributistas que hayan sido adjudicados previamente con Aportes No Reembolsables, ni instituciones sin fines de lucro, ni dependencias gubernamentales.
NATURALEZA DEL BENEFICIO
- La Consejería tendrá un número mínimo de tres (3) empresas.
- La presentación e implementación de la misma será responsabilidad directa de las empresas. Sin perjuicio de lo anterior, la Consejería podrá ser presentada por una entidad o Institución pública o privada que actuará como organizadora del proyecto.
- En caso de existir dicha organizadora, la misma será quien conjuntamente con el grupo de empresas propondrá a los técnicos o consejeros tecnológicos que se desempeñarán en el proyecto, pero ésta no podrá formar parte ni actuar en la Consejería.
- Tiempo de duración: Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución propuesto de doce (12) meses.
FINANCIAMIENTO
- El financiamiento del componente ANR consistirá en una subvención no reintegrable con los siguientes máximos:
- Hasta $ 120.000 por empresa participante.
- Hasta $ 1.600.000 por grupo de empresas, respetando el límite individual.
- El FONTAR aportará como máximo el 80% del Costo Total del Proyecto y el grupo de empresas deberá aportar no menos del 20% del Costo Total del Proyecto.
- El beneficio se efectivizará bajo la modalidad de reembolso de pago hecho o anticipo financiero y se reembolsará en un todo de acuerdo con el cronograma que forma parte del proyecto aprobado, previa verificación y aprobación técnica de la etapa prevista en el plan de trabajo aprobado y técnica-contable de la rendición de cuentas presentada.
- Los gastos e inversiones afectados al proyecto, se reconocerán a partir de la fecha de presentación del proyecto en mesa de entradas.
PROPUESTA TÉCNICA
Deberá estar basada en un informe preliminar indicando los siguientes aspectos:
- Los principales problemas tecnológicos y de gestión actuales de las empresas y las causas de su inclusión en el Programa de Consejerías Tecnológicas.
- Los lineamientos de un plan de acción preliminar tendiente a superar la problemática observada y las áreas en las que se espera producir efectos con el cronograma tentativo correspondiente.
RESULTADOS ESPERADOS
Como resultado de la implementación de la Consejería Tecnológica Modalidad Grupal son esperables, entre otros, los siguientes logros:
- Desarrollar habilidades en la identificación de factores y resolución de problemas.
- Fortalecimiento del desempeño competitivo de las PYMES mediante el desarrollo de un sistema permanente de mejoramiento de sus competencias y capacidades técnicas.
- Generación de un sendero evolutivo que promueva una creciente complejidad tecnológica.
- Conformación de un cuerpo especializado de profesionales y / o vinculación con otros agentes del sistema oferentes de servicios científico – tecnológicos.
- Compromiso de los cuadros gerenciales motivado por un carácter activo en la búsqueda de soluciones tecnológicas.
- Organización y gestión de la innovación.
- Comparación con buenas prácticas de los competidores.
- Mejoramiento de procesos productivos e implementación de sistemas de aseguramiento de la calidad.
- Mejorar las capacidades para el desarrollo de nuevos productos y procesos.
ELEGIBILIDAD DE PROYECTOS
Serán elegibles los proyectos que entre sus objetivos contengan o propendan a:
- Planificación del cambio de tecnología.
- Diseño e implementación de estrategias tecnológicas como respuesta a la evolución del entorno competitivo.
- Gestión de la tecnología: Plan tecnológico, evaluación de la competitividad y del potencial tecnológico propio, protección de las innovaciones, etc.
- Optimización del proceso de desarrollo de nuevos productos.
- Mejora de procesos tecnológicos: reingeniería de procesos, benchmarking.
- Gestión de la Cooperación estratégica tecnológica.
- Gestión de riesgos tecnológicos.
- Profundización de un diagnóstico de las problemáticas y la formulación de un plan que de respuesta a ellas, en materia de gestión, procesos, productos, organización de la producción, etc.
- Identificación de organismos tecnológicos y proveedores de servicios técnicos que contribuyan a solucionar los problemas y necesidades de las empresas, de acuerdo a un plan de trabajo.
- Desarrollo en las empresas de una mayor capacidad de autodiagnóstico e información tecnológica que permitan mejorar su competitividad.
- Apoyo en la implementación, seguimiento y evaluación de las mejoras, innovaciones y tareas de innovación.
- Apoyo al desarrollo de estrategias asociativas de desarrollo productivo que provoquen cambios en las empresas participantes, tanto internos (productividad, gestión tecnológica, etc.), como también externos (competitividad, alianzas estratégicas, encadenamientos productivos, etc.).
- Desarrollo de un plan de plataformas tecnológicas comunes.
- Contribución a la implementación de herramientas de gestión de la innovación tecnológica (vigilancia tecnológica, prospectiva tecnológica, benchmarking).
Las empresas solicitantes deberán tener regularizada su situación previsional e impositiva y, en todos los casos, los proyectos deberán cumplir con los lineamientos, recomendaciones o normas de ética, protección ambiental y de seguridad e higiene, establecidas por las instituciones oficiales correspondientes, tanto en su desarrollo como en el producto o proceso final derivado de la investigación o sus aplicaciones. Asimismo, no deberán tener implicaciones discriminatorias directas o indirectas de género, raza o religión.
PERTINENCIA DE GASTOS
Los gastos elegibles a ser financiados mediante el ANR Consejerías Tecnológicas, tanto como aportes FONTAR como de contraparte, serán exclusivamente los destinados a:
- Honorarios del o los Consejeros Tecnológicos
- Honorarios del Director Experto
- Gastos de movilidad y viáticos en caso que corresponda, sólo de contraparte.
- Consultorías de expertos
- Materiales e insumos estrictamente relacionados con las asistencias técnicas.
- Bienes de capital necesarios para realizar las asistencias técnicas (Máximo: 15 % del costo del proyecto)
- Canon Institucional, en este ítem podrán computarse los gastos asociados a tareas de gestión tecnológica realizados por la entidad o Institución pública o privada y hasta un 15% del monto del financiamiento adjudicado. El pago de dicho canon se realizará en forma proporcional a los desembolsos y/o reintegros efectuados. No se aceptarán los gastos asociados a tareas de formulación.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de los proyectos se sustentará en la factibilidad y calidad tecnológica del proyecto; en la capacidad técnica y antecedentes de los Consejeros Tecnológicos y o Director Experto; el diagnóstico de la problemática y su encuadre respecto de los objetivos del programa y en la evaluación económica de los resultados del proyecto y su impacto en las empresas.
- Se entiende por Director Experto a profesionales egresados universitarios de los campos de la ingeniería, las ciencias exactas y naturales, médicas u otras carreras afines, que acrediten una amplia experiencia en la temática del proyecto, en materia de gestión tecnológica y en trabajo de grupos. Tendrá a su cargo la dirección del Proyecto, la coordinación de tareas con las empresas y la supervisión de los Consejeros.
- Se entiende por Consejero Tecnológico Senior a profesionales egresados universitarios de los campos de la ingeniería, las ciencias exactas y naturales, médicas u otras carreras afines, con más de tres años de graduación y con experiencia comprobable en aspectos tecnológicos relacionados con la actividad en la cual serán consejeros.
- Se entiende por Consejero Tecnológico Junior a profesionales egresados universitarios de los campos de la ingeniería, las ciencias exactas y naturales, médicas u otras carreras afines, con menos de tres años de graduación.
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
Se deberá presentar los proyectos de acuerdo al “Instructivo de Presentación y SGP”, que se encuentra en la columna “Enlaces de la Publicación” de la presente ventanilla. En el mismo se describe qué formularios completar y de qué forma hacerlo, así como también toda la información y documentación anexa requerida que se deberá presentar, tanto en papel como on-line. Opcionalmente, se podrá enviar una “Expresión de Interés” (EI), a fin de considerar un encuadre preliminar del Proyecto. Ver columna de "Enlaces de la Publicación". Tener en cuenta que el sistema está diseñado para ejecutarse en Internet Explorer. Si utiliza otro navegador podrán presentarse inconvenientes." Le sugerimos seguir el Instructivo que se puede descargar también desde la columna "Enlaces de la Publicación".