12.03.2014
FONSOFT -
OBJETIVOS
Consolidar las empresas jóvenes, elegibles y dedicadas a la producción de software, según el encuadramiento establecido por la ley 25.922 y su decreto reglamentario, que pueden consultarse en el Anexo A. Cabe destacar que tendrán preferencia todos aquellos proyectos orientados a satisfacer las prioridades temáticas de los Núcleos Socio Productivos Estratégicos (NSPE) definidos en el marco del Plan Nacional De Ciencia, Tecnología e Innovación: “ARGENTINA INNOVADORA 2020″.
BENEFICIARIOS
Personas jurídicas inscriptas legalmente constituidas, como también, personas físicas inscriptas en el régimen de autónomos, que en ambos casos, no tengan más de veinticuatro meses de antigüedad desde su inscripción al momento del cierre de la convocatoria, radicadas en el territorio nacional y cuya facturación anual no superen los $ 10.300.000, pertenecientes al sector TICs. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes.
En el caso de modalidad II, la empresa solicitante deberá haber sido beneficiaria de Subsidios a Emprendedores en Modalidad I en alguna de las convocatorias de los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 o 2013.
PROYECTOS ELEGIBLES Y FINANCIACIÓN
IMPORTANTE:
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS
El pliego de bases y condiciones así como la documentación respectiva puede descargarse desde la columna "Enlaces de la Publicación" arriba a la derecha o solicitarse por correo electrónico a fonsoft@mincyt.gob.ar. La presentación de las solicitudes y de la documentación complementaria deberá realizarse en la ANPCyT-FONSOFT, sita en Godoy Cruz 2370, por Mesa de Entrada (PB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P. C1425FQD) o en la Sedes Provinciales de las Autoridades de Aplicación de la Ley N° 23.877.