09.08.2022
FONTAR -
En el marco de las funciones de la AGENCIA I+D+i establecidas por el Decreto 157/20, este organismo tiene la facultad de proceder al cierre de la Ventanilla Permanente cuando lo considere correspondiente.
La ventanilla fue aprobada mediante Resolución de Directorio de Agencia N°191/2022 con fecha 16/06/2022 y actualizada por Resolución de Directorio de Agencia Nº258/2022 con fecha 22/07/2022.
OBJETIVO
Mejorar los argumentos de competencia y la capacidad innovadora de las empresas productoras de bienes y servicios. Para ello se financian “proyectos de investigación y desarrollo tecnológico” realizados en un ámbito de cooperación multinacional.
Dichos proyectos deben generar innovaciones a nivel nacional de productos y/o procesos. Las propuestas deben contar con la fase de idea proyecto (IP) aprobada tanto por el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación de Argentina como de su contraparte correspondiente en el exterior.
Para el logro de estos objetivos será valorada la articulación de los impulsos emprendedores de las empresas con la capacidad de transferencia y de prestación de servicios de las instituciones científico-tecnológicas de todo el país.
BENEFICIARIO
Las empresas, sujetos del beneficio, deben estar constituidas como tales al momento de la presentación de la solicitud y radicadas en el territorio nacional. Dichas empresas deberán funcionar en un todo de acuerdo a las leyes nacionales que rigen la tipificación de las mismas y de las resoluciones de los organismos de contralor pertinentes. Además deberán contar con la condición PYME.
En el caso que los solicitantes fueran más de una empresa, las mismas deberán acreditar documentalmente y con las formalidades legales vigentes, el tipo de asociación entre ellas (UTE, Agrupación de Colaboración, Consorcios de Cooperación, etc.).
No podrán ser beneficiarios:
PROYECTOS ELEGIBLES
Para ser elegibles los proyectos deberán:
A. Proponer un conjunto de actividades que a juicio de la AGENCIA I+D+i y expresado en la redacción de estas condiciones, contribuyan al logro de los objetivos del presente llamado;
B. Ajustarse a un plan de inversiones, definido en el presupuesto, en el que se detallen los activos y demás elementos a incorporarse, las actividades a desarrollar, los aportes al proyecto, por fuente de financiamiento (incluyendo los del solicitante), las fechas de ejecución de las labores comprendidas en el proyecto respectivo, asícomo las proyecciones de los montos y oportunidad de los desembolsos requeridos para implementar el proyecto, indicando en cada caso, las fuentes de los fondos.
C. Los proyectos serán elegibles en la medida que exista una presentación paralela en dos o más países para lo cual se solicitará la constancia de aprobación de cooperación bilateral o multilateral emitida por la Dirección Nacional de Promoción de la Política Científica, del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y existan actividades cooperativas o complementarias para el logro de los objetivos propuestos.
D. La llamada priorizará a proyectos en los siguientes ejes estratégicos::
FINANCIACIÓN
El monto del beneficio será de hasta $30.000.000 por proyecto. La Agencia podrá financiar hasta el 80% del costo total del proyecto. El beneficiario deberá aportar no menos de 20% del costo total del proyecto.
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Y PLAZO DE EJECUCIÓN
Junto a la presentación de la propuesta se deberá acreditar comprobante de transferencia de PESOS DIEZ MIL ($10.000).
La cuenta vigente para realizar el pago del pliego es la siguiente:
Cuenta corriente en pesos N° 00058503/67, Denominada "173 - PIF BID 5293" del Banco de la Nación Argentina, Sucursal N° 599, Plaza de Mayo. Dicho depósito podrá hacerse personalmente en dicha sucursal bancaria o mediante transferencia electrónica. A tal efecto se hace saber que la CBU de dicha cuenta es el Nº 0110599520000058503678 y la CUIT 30-70765520-4.
Las condiciones del presente llamado y la documentación respectiva se encuentran en la página web de la Agencia (www.agencia.gob.ar).
La presentación deberá instrumentarse mediante el Sistema de Gestión de Proyectos (SGP).
Una vez generada la presentación en la plataforma mencionada, el representante legal deberá confirmar la misma mediante el envío de la referida presentación generada, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) con clave de acceso de AFIP nivel 3, de acuerdo al procedimiento establecido.
El plazo máximo de ejecución será de 18 meses con la posibilidad excepcional de prorrogar el plazo hasta SEIS (6) meses vencido el plazo inicial.
TRÁMITE EN TAD (Trámites a Distancia)
Si fuera necesario copiar y pegar el link al trámite es este: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5457
IMPORTANTE: El trámite en la plataforma TAD (Trámites a Distancia) se llama "Agencia Fontar", ahí tiene que completar los datos. Para ingresar al TAD que corresponde a esta convocatoria tiene que completar los datos en este.
Enlace a la Plataforma TAD para INICIAR TRÁMITE